Michael Allen
Horne
El siguiente
texto está extraído del Documento 3S ZZ/101 de Inmigración de la Autoridad.
Felicidades por haber decidido solicitar un Visado
de Inmigración por Trabajo Clase 5. Si desea permanecer en el Sector
Corporativo de la forma más placentera y provechosa posible, por favor tenga en
cuenta que como feudo limitado de libre empresa, el Sector no es igual que el
Imperio. Somos un territorio leal al Imperio que respeta sus leyes, pero aquí los
procedimientos operativos no son los mismos que en otras regiones.
El Sector Corporativo y su órgano de gobierno, la
Autoridad del Sector Corporativo, tiene políticas acerca de transportes,
comercio, posesión de armas y muchas otras cosas que difieren significantemente
de aquellas con las que usted pueda estar familiarizado. Por supuesto, muchas
regulaciones imperiales aún son de aplicación. Sin embargo, en todo caso
actuamos con la autorización del Imperio.
Por favor, tómese el tiempo que necesite para
revisar a su conveniencia estas regulaciones. Un servicial agente de
Inmigración del Sector Corporativo estará encantado de proporcionarle más
información. Corteses oficiales de la Policía de Seguridad responderán
gustosamente cualquier pregunta que pueda tener. Por supuesto, nos damos cuenta
de que su tiempo es limitado y puede desear comenzar con el trabajo provechoso
lo antes posible. A continuación le ofrecemos un breve resumen de las leyes del
Sector Corporativo.
Para más información, vea los archivos de texto
395/44-Aleph-Zed. Tenga en cuenta que todos los códigos legales están sujetos a
cambios sin previo aviso. La pena real puede ser aumentada o atenuada
dependiendo de la gravedad de la infracción.
Sea prudente y manténgase informado.
Infracciones
de Clase A
- Sabotaje industrial contra la Autoridad del Sector Corporativo
- Desfalco de sumas superiores a 10.000 créditos
- Destrucción voluntaria de propiedad de la Autoridad
- Terrorismo contra la Autoridad
- Piratería de materiales e información propiedad de la Autoridad
- Violación de los códigos de la Autoridad respecto al armamento de las naves
Consecuencias:
Arresto, exilio permanente del Sector Corporativo, posible condena a cadena
perpetua en una colonia de trabajos forzados, revocación y decomiso de todos
los créditos. Posible ejecución.
Infracciones
de Clase B
- Desfalco de sumas no superiores a 10.000 créditos
- Conspiración contra la Autoridad
- Fraude de crédito
- Uso inapropiado de símbolos registrados o bajo derechos de propiedad del Sector Corporativo
- Transporte de armas ilegales en el Sector Corporativo
- Promover el sindicalismo
Consecuencias:
Arresto, posible condena de 5 a 20 años en una colonia de trabajos forzados,
multa por valor de 1 a 3 años de salario.
Infracciones
de Clase C
- Vandalismo contra la propiedad de la Autoridad
- Tenencia o posesión de armas ilegales
- Descuido continuado del deber (impuntualidad en los turnos de trabajo, uso inadecuado de equipo)
- Injurias o calumnias hacia los programas, personal o productos de la Autoridad
Consecuencias:
Multa por valor de 1 a 6 meses de salario, degradación, posible condena de tres
meses a cinco años en una colonia de trabajos forzados.
Infracciones
de Clase D
- Acciones que contribuyan a una conducta desordenada durante el turno de trabajo
- Impuntualidad en los turnos de trabajo
- Conducta laboral insegura o no aprobada
- Conducta irrespetuosa hacia la Autoridad, sus programas, personal o productos.
Consecuencias:
Multa por valor de 1 a 3 meses de salario, degradación, posible condena de
un mes a un año en una colonia de trabajos forzados.
Esperamos que haya disfrutado con la lectura y que
tenga una provechosa y productiva estancia en el Sector Corporativo